De acuerdo con la noticia publicada el día de hoy en el diario Público, el Ministerio de Industria está preparando un paquete de medidas destinado a combatir el fraude del sector fotovoltaico, el cual se prevé que pueda ser bastante importante. Entre estas medidas, no se descartan las de tipo penal, donde podríamos encontrarnos con un amplio margen de delitos, desde la estafa, la falsificación, hasta la prevaricación o el cohecho, en el supuesto de que existiese connivencia con funcionarios de las diferentes administraciones públicas involucradas. En todo caso, la CNE es la encargada de llevar a cabo la investigación sobre supuestos fraudes para recibir la retribución anterior al vigente Real Decreto 1578/2008, correspondiente a la que aparece en el RD 661/2007. La CNE, en todo caso, pondría los datos de la investigación en manos de la Fiscalía, la cual procedería a instar a los órganos jurisdiccionales a al aperturas de Diligencias Previas.
Parte de la patronal del sector fotovoltaico también ha mostrado su apoyo hacia la iniciativa del Ministerio de Industria. Concretamente, la patronal ASIF (Asociación de la Industria Fotovoltaica) emitió el pasado 15 de diciembre una nota de prensa en la que se muestran de acuerdo con que aquellas instalaciones con irregularidades no sólo no reciban la prima más beneficiosa prevista en el RD 661/2007, sino que no reciban prima alguna en absoluto. ASIF muy razonablemente considera que la existencia de este fraude perjudica al buen nombre del sector fotovoltaico y pone dificultades en cuanto al acceso de nuevas instalaciones al existir mayor "potencia instalada " fotovoltaica en teoría, aunque en la práctica no se encuentren, a veces ni siquiera, vertiendo energía en la red.
Conviene recordar que las instalaciones fotovoltaicas han crecido en España desde la entrada en vigor en el 2007 del RD 661/2007 de una forma espectacular y que se calcula que más de 4000 instalaciones (un 13´3% de la potencia formalmente instalada) pudiese ser fraudulenta. Esto, obviamiente, deja menos oportunidades para que promotores serios pueda obtener autorización teniendo encuenta el sistema del RD 1578/2008 de Registro de Preasignación y cupos asignados para la recibir la retribución de unos 30 céntimos de Euros KW/h prevista en el vigente RD 1578/2008.
Así las cosas, el sistema español de promoción de las energías renovables, consistente en retribuir la energía producida mediante las tecnologías que aparecen en el artículo 2 del RD 661/2007 (fotovoltaica, eólica, minihidráulica, cogeneración, etc...) mediante un precio "primado" o una tarifa regulada generosa, ha demostrado ser bastante efectivo en cuanto a la promoción de este tipo de energías frente a otros sistemas fracasados como el de la emisión de certificados verdes en el Reino Unido. Sin embargo, es necesario un control exhaustivo y "mano dura" ya que estas primas a las renovables las pagamos los consumidores en la Tarifa Eléctrica, siendo uno de los conceptos que tiende a aumentar el conocido como déficit tarifario
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