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miércoles, 25 de enero de 2012

El Ministro de Justicia anuncia el "copago" en la segunda instancia

Se ha publicado en prensa el anuncio del actual ministro de Justicia de implantar el copago en la segunda instancia. Se trataría, siempre según las noticias publicadas, de una medida que consistiría en que el apelante de una resolución de instancia pagase los coste de la apelación.  Se excluiría de esta medida la apelación en la jurisdicción penal, así como aquellas personas que no pudiesen asumir los costes (aquí no se aclara si se aplicaría sólo a los beneficiarios de la justicia gratuita o aquellos que sin ser beneficiarios no pudieran asumirlas en ese momento). En el caso de que el apelante obtuviese una resolución favorable en la segunda instancia se devolvería el dinero que hubiese aportado.

La finalidad de esta posible reforma es "reducir la entrada innecesaria de asuntos en los órganos judiciales", así como utilizar los fondos obtenidos para "mejorar el sistema de justicia"

Esta reforma va en la línea de la reciente Ley 37/2011 de medidas de agilización de la Administración de Justicia   y pretende agilizar la lenta tramitación de los procesos causada en parte por la gran litigiosidad existente en España. Se trata de un sólo anuncio,  pero plantea varias dudas:
  1. ¿Será el pago el mismo para todo procedimiento sin tener en cuenta la cuantía?
  2. ¿Quedarán excluidos sólo los beneficiarios de Justicia Gratuita o se tendrán en cuenta otros criterios?
  3. ¿Cuándo podrá utilizar la administración de Justicia ese dinero? ¿Cuando sea la sentencia firme o sólo cuando termine la segunda instancia?
  4. ¿Seguirán vigentes los depósitos en las cuentas de consignación para  los recursos actualmente vigentes o serán sustituidos por esta medida.
  5. ¿El copago se produciría antes de la apelación o una vez concluida? ¿Qué ocurriría cuando se acudiese al Tribunal Supremo o al Constitucional?
En el fondo lo que parece adivinarse tras esta propuesta es un nuevo impuesto o tasa encubierto para los ciudadanos como nueva financiación para el Estado en la actual situación de crisis. Aunque esta reforma deberá concretarse, es muy peligrosa ya que podría afectar al derecho a la tutela judicial efectiva, o sea, al acceso de todos los ciudadanos a la administración de justicia. Este riesgo se ve concretado en lo siguiente:
  1. Si quedaran excluidos sólo los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, por ejemplo, la mayor parte de ciudadanos medios se verían desincentivados en acudir a la segunda instancia. Evidentemente, una gran empresa o una persona con mayores recursos económicos podría permitirse más fácilmente el copago. Entiendo que el riesgo de una condena en costas en la segunda instancia es ya suficientemente disuasorio en muchas ocasiones.
  2. Si para evitar lo anterior se fijara un copago "light" o muy reducido, similar en cuantía económica al actual depósito de 50 euros para la apelación, en nada desanimaría a los apelantes
  3. Si se tramitase una apelación y se sufragaran los costes, el Ministerio de Justicia no podría, en teoría, utilizar ese dinero, sino hasta que la sentencia fuera firme. Para llegar a ese punto es necesario que transcurra bastante tiempo (podría llegarse hasta el Supremo o Constitucional), por lo que los fondos para la administración de justicia no llegarían de forma definitiva.
  4. Al estar excluida la jurisdicción penal se podría producir una sobreutilización de la instancia penal, aumentándose la presentación de las llamadas "querellas catalanas", es decir, acciones penales que tienen una finalidad, no de que se persigan delitos, sino presionar a la otra parte a llegar a un acuerdo económico en temas civiles que intentan derivarse al ámbito penal.
Esta claro que existe un problema de tiempo y de colapso en muchos Juzgados y Tribunales de España. Es normal que la administración de justicia, si se quiere dar cumplimiento a los principios de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, sea lenta, pero existen casos que claman al cielo y que vacían de contenido estos derechos. Todos los ciudadanos tienen derecho a acudir a los tribunales para dirimir sus pleitos y España es un país especialmente litigioso en el que muchas veces los esfuerzos de los abogados por llegar a un acuerdo extrajudicial no es suficiente. Poco puede hacerse en ese sentido, y más si tenemos en cuenta la mala práctica de algunos profesionales que "acribillan" a sus contrarios ante los juzgados con el único fin de acosarles y forzar un acuerdo. 

Sin embargo, las medidas de Gallardón no me parecen positivas tal como están planteadas habiendo otras alternativas:
  1. Mejorar y promocionar el arbitraje o creando sistemas de conciliación previos para que acudir a la administración de Justicia sea la última instancia.
  2. Si existe un ánimo recaudatario crear una tasa judicial que grave especialmente a los grandes patrimonios.
  3. Si se pretende evitar los recursos  o los pleitos con ánimo dilatorio o con mala fe potenciar el concepto de la mala fe procesal o imponer multas procesales cuantiosas  para aquellos casos en los que la mala praxis sea apreciado por el Juzgado, incluyéndose sanciones colegiales a los letrados que dirijan dichas causas.
  4. Permitir la ejecución provisional de las costas, sin necesidad de esperar al dictamen de los respectivos Colegios de Abogados.

3 comentarios:

Miguel F. dijo...

Muy buena entrada Pedro. Siempre es interesante conocer estos aspectos de mano de un profesional. Aspectos que a los más legos se nos pueden pasar por alto.
Discrepo únicamente con lo de potenciar el arbitraje. De hacerlo de esa manera, ¿no te parece que se crearía una especie de "Justicia alternativa" a la jurisdicción ordinaria? Ya me parece peligroso que la Justicia oficialmente lo vea así, ya que es una dejación de funciones grave el asumir un postrua que podría enunciarse campechanamente como "yo llego hasta donde llegue, y donde no llegue buscaos la vida". Eso también atenta contra la tutela judicial efectiva, universal e imparcial, desde mi punto de vista.
Por lo demás de acuerdo con tus conclusiones. También me parece evidente que, dependiendo de la cuantía del copago de que estemos hablando, crearía una Justicia "para ricos que pueden permitirse apelar" y "para pobres que no pueden permitirselo". Indicar también que como mencionas estoy en contra de cualquier copago pues me parece que es en realidad un doble pago: el que realizamos con nuestros impuestos (que ya son gravosos de por sí) más el directo que se quiere imponer. Además de la aceptación tácita de una pésima gestión me parece inaceptable.

Pedro Gómez Ibarguren dijo...

El arbitraje no significa una justicia paralela, sino un medio para evitar acudir a ella en el ámbito privado. Si no hay ningún problema en que dos particulares lleguen a un acuerdo privado entre sus abogados, por ejemplo, ¿qué es lo que evita que se pongan en manos de un arbitro o arbitros? El arbitraje en temas de negocios internacionales funciona muy bien en Londres, París y Ginebra.

Pedro Gómez Ibarguren dijo...

El problema también es que (por lo menos de lo que recuerde yo) en la carrera apenas se daba arbitraje y se nos iba a los aspectos más tradicionales del Derecho